UNEFA EXCELENCIA EDUCATIVA
"La seguridad de la Nación es competencia
esencial y responsabilidad del Estado,
fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su
defensa es responsabilidad de todos los venezolanos y
venezolanas; también de las personas naturales y
jurídicas, tanto de derecho
público como de derecho privado, que se encuentren
en el espacio geográfico nacional."
La Seguridad de la Nación
venezolana está fundamentada en el desarrollo integral y
en la corresponsabilidad entre el Estado y
sociedad
Civil, condiciones que promueven el goce y ejercicio de los
derechos y garantías en los ámbitos
económicos, social, político, cultural,
geográfico, ambiental y militar, correspondiéndole
al Fuerza Armada
Nacional como expresión militar del poder nacional
en Venezuela,
garantizar la independencia,
soberanía nacional y el respeto a los
más sublimes principios y
valores
expresados en el preámbulo y texto de la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela como son el establecimiento de una sociedad
democrática, participativa y protagónica,
multiénica y pluricultural, que consolide la libertad, la
independencia, la solidaridad, el
bien común, la integridad territorial, la convivencia, el
imperio de la ley y el mantenimiento
de la paz.
La Fuerza Armada Nacional como parte esencial e
indisoluble del Poder Público Nacional, basada en los
intereses y objetivos
nacionales establecidos para el cumplimiento de las políticas
correspondientes a la defensa militar, la cooperación en
el mantenimiento del orden interno y la participación
activa en el desarrollo integral del país, da origen y
formula el presente Concepto Estratégico Militar, con la
finalidad de proporcionar la dirección estratégica para el
funcionamiento y desarrollo de la
institución.
este sentido, se promulgaron las Líneas Generales
del Plan de
Desarrollo de la Nación, que toman en consideración
el nuevo régimen de Seguridad Hemisférica cuyo
atributo fundamental será su carácter integral y multidimensional,
el fortalecimiento de la Soberanía Nacional y la promoción de un mundo multipolar, a
través de la estrategia de
pluralización, incorporando a la Fuerza Armada Nacional al
desarrollo integral de la Nación, mediante el desarrollo
de un nuevo modelo
que estimule la inteligencia
colectiva, el desarrollo
económico, la estabilidad política, la
integridad social, el desarrollo tecnológico y la
ocupación eficiente del territorio y en el
fortalecimiento de la defensa regional.
Para el fortalecimiento de la defensa regional se desarrollarán iniciativas, particularmente con los países vecinos, encaminadas a construir un marco estable de seguridad y cooperación internacional, inspirados en intereses comunes, que permitan el fortalecimiento de instituciones regionales económicas y hemisféricas militares. En virtud de la cual se hace necesario la promoción de una agenda que contemple los siguientes aspectos :
- La participación en el desarrollo regional.
- La formulación de nuevo concepto de defensa regional.
Artículo 15. El Estado tiene la responsabilidad
de establecer una política integral en los espacios fronterizos
terrestres, insulares y marítimos, preservando la
integridad territorial, la soberanía, la seguridad, la
defensa, la identidad
nacional, la diversidad y el ambiente, de
acuerdo con el desarrollo cultural, económico, social y la
integración. Atendiendo la naturaleza
propia de cada región fronteriza a través de
asignaciones económicas especiales, una Ley
Orgánica de Fronteras determinará las obligaciones y
objetivos de esta responsabilidad.
Artículo 323. El Consejo de Defensa de la
Nación es el máximo órgano de consulta para
la planificación y asesoramiento del Poder
Público en los asuntos relacionados con la defensa
integral de la Nación, su soberanía y la integridad
de su espacio geográfico.
A tales efectos, le corresponde también
establecer el concepto estratégico de la Nación.
Presidido por el Presidente o Presidenta de la República,
lo conforman, además, el Vicepresidente Ejecutivo o
Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la
Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal
Supremo de Justicia, el
Presidente o Presidenta del Consejo Moral
Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la
defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la
planificación, y otros cuya participación se
considere pertinente. La ley orgánica respectiva
fijará su organización y atribuciones.
El concepto de desarrollo integral se encuentra en el
Artículo 4 de la Ley Orgánica de Seguridad de la
Nación, estableciendo que: "El desarrollo integral, a los
fines de esta Ley, consiste en la ejecución de planes,
programas,
proyectos y
procesos
continuos de actividades y labores que acordes, con la
política general del Estado y en concordancia con el
ordenamiento jurídico vigente, se realicen con la
finalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas
de la población, en los ámbitos económico,
social, político, cultural, geográfico, ambiental y
militar."
acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e
intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el
Estado con la participación de las instituciones
públicas y privadas, y las personas naturales y
jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de
salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la
soberanía, la integridad territorial y el desarrollo
integral de la Nación."
El llamado formulado, por el Presidente Hugo
Chávez a todos los venezolanos y venezolanas a
defender la paz, la independencia, la soberanía y el
espacio geográfico del país tiene su fundamento en
esta Ley, establecido de la siguiente forma en sus
artículos 5, 6 y 7:
Ante la situación planteada el cumplimiento de la
corresponsabilidad en la seguridad y defensa es un deber
ciudadano. Alcanzar el pleno goce y disfrute de todos los
derechos humanos no depende sólo de las instituciones del
Estado, sino de todos los que en esta tierra
vivimos.
La "Defensa Integral de la Nación" sistematiza
tres líneas de acción
estratégicas y actúa sobre tres objetivos
fundamentales.




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